"El conocimiento, más que un medio para saber, es un instrumento para convivir.”
Daniel Innerarity: La Democracia del Conocimiento. Por una sociedad inteligente. Paidós, Madrid, 2011


"Ciertamente, no hay posibilidades de crecer, de mejorar, de promocionarse o de formarse sin esfuerzo, pero no con la voluntad de llegar a ser dóciles empleados, sino ciudadanos activos y libres."
Ángel Gabilondo, en "Un esfuerzo equilibrado",08.03.2012, El País.


domingo, 12 de febrero de 2012

La Controversia de Valladolid

Esta semana estudiaremos la Escuela de Salamanca de Derecho Internacional Clásico. Hay una película francesa que puede ambientarnos bien en aquello, se titula La Controversia de Valladolid y representa la famosa disputa entre Fray Bartolomé de las Casas y Gines Sepúlveda. Se trataba de saber cómo había que proceder política y jurídicamente con la conquista y con las poblaciones indígenas que habitaban aquellas tierras. Para ello se celebró este debate con carácter oficial en 1550. Lo estudiaremos con más detalle en clase.

Erta película trata de aquel debate o proceso. Tanto la ambientación, como los textos me han parecido bastante fieles a la historia (aunque hay un par de escenas cuyo carácter histórico no he sido capaz de confirmar, pero eso es lo de menos). Puede ayudar mucho a entender el debate y el ambiente. He buscado en DVD la versión traducida o subtitulada en español, hasta he preguntado en la casa editora, pero al parecer no existe. Sin embargo sí está en versión subtitulada, dividida en 9 partes, en YOUTUBE. La calidad de imagen es bastante buena. Creo que puede servir muy bien de complemento a las clases y el estudio del punto "La Escuela Española del Derecho de Gentes (S. XVI-XVII)" del TEMA 2.

TEMA 2: Evolución histórica de la Sociedad Internacional y del Derecho Internacional.

1. El Derecho Internacional Primitivo y los orígenes del Derecho Internacional: Antiguo Oriente - Persia - Grecia - Roma - la Cristiandad Medieval (la diarquía). 

2. Nacimiento y consolidación del Derecho Internacional:

2.1. La Escuela Española del Derecho de Gentes (S. XVI-XVII).
2.2. La Paz de Westfalia.

3. El Derecho Internacional de 1.815 a 1.919: Congreso de Viena y Concierto Europeo.
3.1. El concierto europeo
3.2. La cooperación internacional: las comisiones fluviales y las uniones administrativas
3.3. El Derecho de La Haya
3.3.1. El arreglo pacífico de controversias
3.3.2. Ius in Bello
3.3.3. La institucionalización fracasada (?)
3.4.     Características generales del DIP del Siglo XIX 
•          Interestatal (pero nacimiento de OIs)
•          Ampliación geográfica o de sujetos
•          Ampliación material o de contenidos o intereses.
•          Auge de los tratados.
•          Estado como único sujeto.
•          Inicio de humanización (La Haya y Cruz Roja)

4. El Derecho Internacional de 1.919 a 1.939: reforma y modernización del Derecho Internacional. La Sociedad de Naciones (1.919).
4.1 El arreglo pacífico de controversias. Art. 12
4.2. Limitación del recurso a la guerra. Art. 12
4.3. Sistema de seguridad colectiva. Arts. 10, 11 y 16.1
4.4. Construcción de la Paz: minorías, mandatos y organismos especializados

5. El Derecho Internacional Contemporáneo y la ONU: orígenes, guerra fría, descolonización y gobernanza contemporánea.

jueves, 9 de febrero de 2012

Tema 2: Evolución histórica de la Sociedad Internacional y del Derecho Internacional.

Hoy hemos comenzado el TEMA 2. Este tema no se sigue por el Manual, sino por apuntes.

Podéis consultar, para mayor profundización, la Historia del Derecho Internacional Público de Antonio Truyol y Serra, en Tecnos, Madrid, 1º ed. 1998. Igualmente recomendable El Derecho Internacional en perspectiva histórica de Carrillo Salcedo, también en Tecnos, 1º ed. 1990.

Monografía sobre Ius Cogens

Esta semana hemos tratado un tema fundamental en el DIP: el ius cogens.

Os paso esta monografía que me parece muy buena. Os recomiendo, sobre todo, sus dos primeros capítulos, más introductorios.

Por supuesto se trata de un nivel de profundización muy superior al que hemos dado en clase y, desde luego, al que se vaya a pedir en los exámenes, pero os lo paso como lectura adicional recomendada a quien le interese el asunto y, sobre todo, a quien pueda pensar en hacer su trabajo personal escrito sobre esta tan importante cuestión.

Eleanor Roosevelt y 1325

Hoy hemos hablado en clase de Eleanor Roosevelt, una de las pioneras de la construcción de la ONU y la principal impulsora política de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Aquí tienes una interesante semblanza en la página 1325 mujeres tejiendo la paz. En esa misma página tienes otras semblanzas de mujeres que hemos mencionado hoy: Gro Harlem Brundtland o Sadako Ogata.

Un pregunta: ¿Porqué ese número: 1325?, ¿a qué se refiere? 

Un cita de E. R.: Cuando dejas de implicarte, empiezas a morir (When you cease to make a contribution, you begin to die, citado en Eleanor: The Years Alone, 1972, de Joseph P. Lash)

Otra: Sin duda, a la luz de la historia, es más inteligente tener esperanza que temer, intentarlo que no intentarlo. Porque más allá de toda duda sabemos que las personas que dicen "esto no puede hacerse" no han logrado nunca nada. (Surely, in the light of history, it is more intelligent to hope rather than to fear, to try rather than not to try. For one thing we know beyond all doubt: Nothing has ever been achieved by the person who says, `It can't be done.' You Learn By Living, 1960)

¿Qué significa la denuncia de Argentina contra el Reino Unido?

Ayer vimos brevemente las declaraciones de la Presidenta Kirchner en que aseguraba que denunciaría ante el Consejo y la Asamblea lo que ella entiende como militarización de la zona de las Malvinas por parte del Reino Unido. Ya comentamos nuestras primeras impresiones, a bote pronto y recién publicada la noticia, sobre las características jurídicas y políticas del asunto.


Cristina Fernández de Kirchner en BBC

Este interesante reportaje del servicio de la BBC en castellano recoge alguna de las ideas que adelantábamos ayer.

miércoles, 8 de febrero de 2012

Comparar definiciones DIP

Además de revisar la definición de Derecho Internacional Público que encontramos en nuestro Manual de referencia, en la clase de hoy hemos querido compararla críticamente con definiciones sugeridas por otros autores.

“El Derecho Internacional (es el) conjunto de normas positivadas por los poderes normativos peculiares de la Comunidad Internacional”.
José A. Pastor Ridruejo: Curso de Derecho Internacional Público y Organizaciones Internacionales. Tecnos, 14ed. 2010. Pág. 33

“El DIP es el ordenamiento jurídico de la comunidad internacional; está formado por el conjunto de principios y normas que constituyen un sistema. Se trata de un ordenamiento jurídico autónomo, ya que posee sus propios modos de creación de normas y evoluciona al compás de grupo social del que emana. Como consecuencia del carácter dinámico del ordenamiento jurídico internacional se ha ido produciendo una ampliación de sus sujetos y de sus funciones, pasando de garantizar el estatuto de los Estados y su coexistencia a regular la cooperación internacional para satisfacer intereses comunes, y más recientemente, a proteger intereses fundamentales de la comunidad internacional en su conjunto.”
Paz Andrés Sáenz de Santa María: Textos y materiales, 2010, Civitas.

“El DI (es) un sistema de principios y normas que regula las relaciones de coexistencia de cooperación, frecuentemente institucionalizada, además de ciertas relaciones de vocación comunitaria, entre Estados dotados de diferentes grados de desarrollo socioeconómico y de poder y culturalmente diversos.”
Carlos Jiménez Piernas: Introducción al Derecho Internacional Público. Práctica de España y del Unión Europea. Tecnos, 2011. Pág. 53.