Rusia y China apoyan ahora en el Consejo de Seguridad un Comunicado sobre Siria, tras haber vetado en fechas recientes, como en su día vimos, una Resolución sobre la misma cuestión.
Aquí la noticia en RTVE y aquí según nos la da EUROPAPRESS (recuerda: empleemos siempre fuentes buenas, solvente, fiables...)
¿Por qué ese cambio?
¿Tendrá que ver con que el tiempo pasa y la postura de proteger al régimen sirio se hace cada vez más difícil de sostener según aumentan sus desmanes?, ¿será que los contenidos de este Comunicado son menos ambiciosos que los de aquella propuesta Resolución?, ¿será que alcance jurídico, su respectivo carácter vinculante, en muy distinto sea un Comunicado o sea una Resolución?, ¿será una suma de todos estos factores?, ¿tú que crees?
Blog creado como complemento a las clases de Derecho Internacional Público, grupo 1ºE, de la Universidad de Deusto. Curso 2012. Profesor Mikel Mancisidor: mancisidor@unescoetxea.org / mikel.mancisidor@deusto.es
"El conocimiento, más que un medio para saber, es un instrumento para convivir.”
Daniel Innerarity: La Democracia del Conocimiento. Por una sociedad inteligente. Paidós, Madrid, 2011
"Ciertamente, no hay posibilidades de crecer, de mejorar, de promocionarse o de formarse sin esfuerzo, pero no con la voluntad de llegar a ser dóciles empleados, sino ciudadanos activos y libres."
Ángel Gabilondo, en "Un esfuerzo equilibrado",08.03.2012, El País.
Daniel Innerarity: La Democracia del Conocimiento. Por una sociedad inteligente. Paidós, Madrid, 2011
"Ciertamente, no hay posibilidades de crecer, de mejorar, de promocionarse o de formarse sin esfuerzo, pero no con la voluntad de llegar a ser dóciles empleados, sino ciudadanos activos y libres."
Ángel Gabilondo, en "Un esfuerzo equilibrado",08.03.2012, El País.
jueves, 1 de marzo de 2012
Más cosas interesantes en la uni
Ya hemos comentado en alguna ocasión que hacer vida universitaria no es limitarse a ir a clase y estudiar. Hay que saber aprovechar las oportunidades de formar parte de un entorno donde se viven cosas enriquecedoras. Hay que aprender de todo lo que mueve en tu universidad, sea o no objeto del próximo examen. Y estas Jornadas que organiza el Instituto de Estudios Europeos son muy interesantes:
La asistencia los tres días (con acreditación) más un trabajo global que incluya la consulta de fuentes bibliográficas que enmarquen el asunto, servirá como tema para uno de los trabajos obligatorios. No se tratará, desde luego, de un mero resumen de las ponencias.
Manfred Nolte y Mundializar la Solidaridad
A pesar de lo que digan las supersticiones, no todo lo que pasa en un martes 13 ha de ser malo: en ocasiones podemos encontrar cosas buenas, como este acto organizado por el Instituto de Derechos Humanos Pedro Arrupe y la ONG Alboan.
Se presentará el nuevo libro de Manfred Nolte que trata de la tasa sobre las transacciones financieras. El tema no puede tener mayor actualidad e interés. El autor es un gran experto en estos temas con una experiencia profesional que incluye altísimas responsabilidades en el sector financiero.
Date la oportunidad de aprender de los buenos, de los que saben.
Si alguno quiere, puede hacer un trabajo voluntario para subir nota con un par de páginas sobre lo que se trate en esta presentación (qué ha aprendido, qué le ha llamado la atención, qué le ha gustado, sobre qué puntos tiene más dudas...).
El libro no es largo, pero si exige una lectura muy atenta. No es fácil. De todas formas, si a alguno le interesa el tema y quiere hacer uno de sus dos trabajos obligatorios sobre este libro, lo puede hacer.
martes, 28 de febrero de 2012
Convención de Viena de Tratados
El Equipo Nizkor, una organización de Derechos Humanos, tiene colgada en su página web la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969.
miércoles, 22 de febrero de 2012
PRIMERA PRÁCTICA
Tenemos programada la primera práctica para el día 1. He solicitado la sala Hermano Gárate para ese día.
El texto principal, ya lo tenéis, es el primer capítulo del libro La Naturaleza de la Unión Europea, Civitas - Thomson Reuters, 2009. Su autor es el Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla - La Mancha y actualmente Magistrado del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo. Tenéis ese texto colgado en internet, se trata del primer punto de este artículo. Ya advertimos sobre cierto cotejo necesario, breve y muy concreto, pero importante, con el Tratado de Lisboa.
Para ampliar algunos argumentos, alguno podrá ojear algunos puntos del resto del artículo citado.
El texto principal, ya lo tenéis, es el primer capítulo del libro La Naturaleza de la Unión Europea, Civitas - Thomson Reuters, 2009. Su autor es el Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla - La Mancha y actualmente Magistrado del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo. Tenéis ese texto colgado en internet, se trata del primer punto de este artículo. Ya advertimos sobre cierto cotejo necesario, breve y muy concreto, pero importante, con el Tratado de Lisboa.
Para ampliar algunos argumentos, alguno podrá ojear algunos puntos del resto del artículo citado.
Podemos además comparar las ideas del texto propuesto como base, con las de otros autores, artículos o textos post-Lisboa. Por ejemplo, El Tratado de Lisboa (Un juego de espejos rotos), de Juan Manuel de Faramiñán Gilbert, donde dice:
"Por otra parte, resulta preocupante, como ha señalado Araceli Mangas Martín, que “reformas que introduce el Tratado de Lisboa confirman el notable escoramiento intergubernamental que ya tenía la nave constitucional encallada. El recorte más importante es la eliminación de la parafernalia constitucionalista para dejar al desnudo lo que realmente era aquella reforma: máximo control por parte de los Estados y reforzamiento de éstos en el sistema institucional (...)"
"...Si las cosas han llegado a este punto, aprovechemos, entonces, otro artículo que también se incluía en el Tratado Constitucional y que se mantiene en Lisboa. Me refiero a que el Estado que no esté de acuerdo con las reglas de base de la Unión Europea se autoaplique el artículo 50 que reza que “todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión”. Aunque se trata de una normativa que no me convence en absoluto, pues no estaba en las reglas explícitas del juego europeísta en los Tratados originales, y porque, en definitiva, es una manera de convertir a la Unión Europea en una organización internacional más y no en el modelo de integración comunitaria sobre el que se amasaron las Comunidades Europeas de entonces, es al menos es una puerta de salida honrosa..."
En EL TRATADO DE LISBOA (UN JUEGO DE ESPEJOS ROTOS), de Juan Manuel de Faramiñán Gilbert, Catedrático DIP de la Universidad de Jaén, en Revista Electrónica de Estudios Internacionales, Nº 17, 2009.
"Por otra parte, resulta preocupante, como ha señalado Araceli Mangas Martín, que “reformas que introduce el Tratado de Lisboa confirman el notable escoramiento intergubernamental que ya tenía la nave constitucional encallada. El recorte más importante es la eliminación de la parafernalia constitucionalista para dejar al desnudo lo que realmente era aquella reforma: máximo control por parte de los Estados y reforzamiento de éstos en el sistema institucional (...)"
"...Si las cosas han llegado a este punto, aprovechemos, entonces, otro artículo que también se incluía en el Tratado Constitucional y que se mantiene en Lisboa. Me refiero a que el Estado que no esté de acuerdo con las reglas de base de la Unión Europea se autoaplique el artículo 50 que reza que “todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión”. Aunque se trata de una normativa que no me convence en absoluto, pues no estaba en las reglas explícitas del juego europeísta en los Tratados originales, y porque, en definitiva, es una manera de convertir a la Unión Europea en una organización internacional más y no en el modelo de integración comunitaria sobre el que se amasaron las Comunidades Europeas de entonces, es al menos es una puerta de salida honrosa..."
En EL TRATADO DE LISBOA (UN JUEGO DE ESPEJOS ROTOS), de Juan Manuel de Faramiñán Gilbert, Catedrático DIP de la Universidad de Jaén, en Revista Electrónica de Estudios Internacionales, Nº 17, 2009.
En todo caso, podéis remitiros a la "versión oficial", la de la página web de la Unión Europea, cuando se pregunta ¿se crea con el Tratado de Lisboa un "superestado" europeo?... y se responde:
No. El Tratado de Lisboa es un compromiso internacional suscrito y ratificado por Estados miembros soberanos que deciden compartir parte de su soberanía en el marco de una cooperación supranacional. En su texto se reconoce que la Unión refleja la voluntad de los Estados miembros y sus ciudadanos, y que las competencias de la UE emanan de dichos Estados.
El Tratado no modifica la naturaleza básica de la UE, sino que introduce importantes innovaciones institucionales que hacen posible una Unión más sólida y eficaz, sin que ello vaya en detrimento de los Estados miembros. Al contrario, la UE complementa la actuación de éstos cuando no pueden lograr sus objetivos por sí solos.
Ver: http://europa.eu/lisbon_treaty/faq/index_es.htm#19
No. El Tratado de Lisboa es un compromiso internacional suscrito y ratificado por Estados miembros soberanos que deciden compartir parte de su soberanía en el marco de una cooperación supranacional. En su texto se reconoce que la Unión refleja la voluntad de los Estados miembros y sus ciudadanos, y que las competencias de la UE emanan de dichos Estados.
El Tratado no modifica la naturaleza básica de la UE, sino que introduce importantes innovaciones institucionales que hacen posible una Unión más sólida y eficaz, sin que ello vaya en detrimento de los Estados miembros. Al contrario, la UE complementa la actuación de éstos cuando no pueden lograr sus objetivos por sí solos.
Ver: http://europa.eu/lisbon_treaty/faq/index_es.htm#19
Podéis vosotros mismos buscar otras fuentes... y en ese caso, citarlas, claro.
En todo caso, tranquilidad. Mucha tranquilidad. No se trata de tener mucha información, ni de leerlo todo, ni de acumular textos o documentación. Se trata de intercambiar unos pocos argumentos, pero que tengan sentido, sean sólidos, se entiendan bien y estén bien expresados y presentados. Mejor decir menos pero bien dicho, con fundamento, que pretender decir mucho pero sin sentido. Exponed únicamente argumentos, por favor, que previamente hayáis entendido bien. El año pasado esta misma práctica salió muy bien. Ánimo.
sábado, 18 de febrero de 2012
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