"El conocimiento, más que un medio para saber, es un instrumento para convivir.”
Daniel Innerarity: La Democracia del Conocimiento. Por una sociedad inteligente. Paidós, Madrid, 2011


"Ciertamente, no hay posibilidades de crecer, de mejorar, de promocionarse o de formarse sin esfuerzo, pero no con la voluntad de llegar a ser dóciles empleados, sino ciudadanos activos y libres."
Ángel Gabilondo, en "Un esfuerzo equilibrado",08.03.2012, El País.


miércoles, 8 de febrero de 2012

Comparar definiciones DIP

Además de revisar la definición de Derecho Internacional Público que encontramos en nuestro Manual de referencia, en la clase de hoy hemos querido compararla críticamente con definiciones sugeridas por otros autores.

“El Derecho Internacional (es el) conjunto de normas positivadas por los poderes normativos peculiares de la Comunidad Internacional”.
José A. Pastor Ridruejo: Curso de Derecho Internacional Público y Organizaciones Internacionales. Tecnos, 14ed. 2010. Pág. 33

“El DIP es el ordenamiento jurídico de la comunidad internacional; está formado por el conjunto de principios y normas que constituyen un sistema. Se trata de un ordenamiento jurídico autónomo, ya que posee sus propios modos de creación de normas y evoluciona al compás de grupo social del que emana. Como consecuencia del carácter dinámico del ordenamiento jurídico internacional se ha ido produciendo una ampliación de sus sujetos y de sus funciones, pasando de garantizar el estatuto de los Estados y su coexistencia a regular la cooperación internacional para satisfacer intereses comunes, y más recientemente, a proteger intereses fundamentales de la comunidad internacional en su conjunto.”
Paz Andrés Sáenz de Santa María: Textos y materiales, 2010, Civitas.

“El DI (es) un sistema de principios y normas que regula las relaciones de coexistencia de cooperación, frecuentemente institucionalizada, además de ciertas relaciones de vocación comunitaria, entre Estados dotados de diferentes grados de desarrollo socioeconómico y de poder y culturalmente diversos.”
Carlos Jiménez Piernas: Introducción al Derecho Internacional Público. Práctica de España y del Unión Europea. Tecnos, 2011. Pág. 53.

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