"El conocimiento, más que un medio para saber, es un instrumento para convivir.”
Daniel Innerarity: La Democracia del Conocimiento. Por una sociedad inteligente. Paidós, Madrid, 2011


"Ciertamente, no hay posibilidades de crecer, de mejorar, de promocionarse o de formarse sin esfuerzo, pero no con la voluntad de llegar a ser dóciles empleados, sino ciudadanos activos y libres."
Ángel Gabilondo, en "Un esfuerzo equilibrado",08.03.2012, El País.


sábado, 4 de febrero de 2012

Crónica del corresponsal de El País en Washington

Antonio Caño, corresponsal de El País en Washington, publica una crónica sobre lo sucedido ayer en el Consejo de Seguridad. Os recomiendo mucho su lectura: Rusia y China vetan la resolución contra Siria horas después de la última masacre.

Además de poder aprender mucho en esta crónica sobre cómo escribir con rigor, con criterio propio y con claridad, nos puede servir para repasar contenidos ya vistos en los primeros días de la asignatura, así como para hacernos nuevas preguntas.

Tras el ejercicio realizado en clase la semana pasada ya deberíais ser capaces de argumentar jurídicamente y remitiéndonos a las fuentes adecuadas (la Carta de la ONU en este caso) porqué Rusia y China pueden vetar, bloquear o impedir una Resolución del Consejo de Seguridad de la ONU. Así comprobaremos si jurídicamente se sostiene o no la primera frase de la crónica: "Rusia y China han impedido en el Consejo de Seguridad de la ONU el último esfuerzo de la comunidad internacional..."

Si queremos comprobar de primera mano si ese veto se ha producido, tal como nos informa el periodista, podemos remitirnos a una fuente primaria: la propia ONU, en cuya página Web encontramos colgada la siguiente nota. Rusia y China vetan resolución para Siria. 04 de febrero, 2012

Hay un párrafo en la crónica donde con notable nitidez se nos presentan los principios, a veces equilibradamente complementarios, otras veces enfrentados o contradictorios, entre los que bascula la acción del Consejo de Seguridad en los casos en que una situación en principio interna se entiende que puede afectar a la paz y seguridad internacionales y de ese modo resultar de legítimo interés internacional. ¿Cuál es ese párrafo?, ¿cuáles son esos principios?, ¿los podemos encontrar en la Carta?

¿Cuál debe ser, según el autor, el papel del Consejo de Seguridad en el mundo de hoy?, ¿es este papel que el autor le asigna al Consejo de Seguridad comparable o compatible con las funciones que la Carta le encomienda?, ¿opina el autor que el Consejo de Seguridad está respondiendo a ese mandato?, ¿te parece que ese papel es deseable?, ¿... y posible?

(El estudio de esta crónica siguiendo el esquema de preguntas o temas que planteo u otras cuestiones que a mí no se me hayan ocurrido pero que te parezcan de interés, puede ser un buen tema para un trabajo voluntario de 2 ó 3 páginas.)

El editorial de este mismo medio y día es más duro con el Consejo de Seguridad: "(...) pone de relieve la inoperancia del órgano ejecutivo de la ONU en momentos críticos". ¿Es justa esta crítica tan severa? Podríamos discutirlo en clase, si el tema interesara.

Si alguien se pregunta por las razones de fondo que llevan a Rusia a oponerse a esta resolución, que no se pierda esta otra interesantísima crónica de la corresponsal, también de El País, en Moscú, Pilar Bonet: El síndrome de Libia condiciona la negativa rusa a sancionar a Siria.

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